miércoles, 10 de agosto de 2011

¿COPAGO?

Entre las soluciones que se esbozan para desatascar la Justicia en España (más de un millón de asuntos pendientes de tramitación en cada jurisdicción, civil y penal), alguien ha apuntado la posibilidad del copago, es decir, de exigir una tasa para acudir a la jurisdicción.  La medida no ha generado una reacción adversa unánime, ya que varios colectivos profesionales se muestran partidarios de la misma.   No vendrá mucho a cuento, pero todavía me acuerdo de los Secretarios de arancel y de la diligencia con la que manejaban sus Juzgados (por la cuenta que les traía).   De todas maneras, creo que -en el ámbito de la justicia penal-  la solución no está en el copago, sino en la adopción de un proceso penal razonable e inspirado por el sentido común.   Quizá a alguien el coste procesal le pueda ahorrar la interposición de un recurso, pero creo que esa no es la cuestión.   El problema está en acabar con la instrucción contradictoria, instaurar un proceso en el que el Juez lo sea de garantías y que el Fiscal tenga margen para decidir si investiga o no.    Un proceso en el que la mediación con las víctimas y los acuerdos procesales revestidos con todas las garantías sean nucleares. Para ello será preciso previamente profundizar en la despolitización de la Fiscalía, regular el sistema de nombramientos (para evitar arbitrariedades que terminan sometiendo el criterio de los Fiscales) y dotar de mayor autonomía a los Fiscales en el ejercicio de sus funciones respecto del FGE.  Todo lo que no sea ir en esa dirección, creo que son simpáticas ocurrencias que quieren enmascarar la realidad: nuestra Justicia no está preparada para las necesidades de los ciudadanos del siglo en que vivimos ni al entorno territorial en que estamos situados.

2 comentarios:

  1. Saludos, hacia tiempo que no contactabamos, suscribo tus acertadas opiniones, el problema no es tanto el copago, que algo de ello se realizo con la modificacion legal del procedimiento del 2010 exigiendo el pago de tasas para los recursos civiles y contenciosos, como el adoptar procesos eficaces y para ello son necesarios no solo leyes agiles sino medios materiales y humanos para acerlas efectivas.

    Me parece increible que por ejemplo con la misma plantilla de fiscales desde hace años se pretenda que cada vez resolvais mas asuntos.

    Para muestra un boton en Cádiz solo hay un Fiscal de proteccion de Menores para toda la Bahia, en en Reforma otros tres, los funcionarios cuando pueden piden traslado a otros sitios, y esto es traspolable al tema penal o de familia. El proyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no es malo, ¿pero como se implanta? y todo ello sin tocar el grave problema de los impagos o ridiculos pagos del Turno de Oficio, en fin que para que la Justicia sea agil hacen falta medios procesales, humanos y materiales y el copago no va a ser la panacea.

    Un abrazo desde Cádiz y Feliz Verano

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  2. LA PROTECCION GUBERNAMENTAL BRITANICA DE LOS CIUDADANOS EJEMPLARES “WHISTLE-BLOWERS” Y EL "DECALOGO RAJOY" DE REGENERACION DEL ESTADO DDT "DE DERECHO TORCIDO"(III)

    Dicho art.27.2 EBFP de rehabilitación de separados de servicio y de inhabilitados, fue apoyado por el Dictamen 1489/1998 favorable del Consejo de Estado, a diferencia del art.56.1.c.d. EBEP 7/2007 que sin Dictamen del Consejo de Estado y sin MEMORIA DE IMPACTO REGULATORIO NI TABLA DE VIGENCIAS Y DEROGACIONES, mantiene al separado del servicio y al despedido, excluidos a perpetuidad de todo empleo publico desde los 16 años de edad, provocando dicho requisito juramentado franquista derivado del art.30.1.e DLFCE 315/1964 y prohibido por art.303 LOPJ y 44 EOMF, al no exigirse a aspirantes a jueces y fiscales, la nulidad radical insubsanable de todas las oposiciones, nombramientos y actuaciones de funcionarios en todas las AAPP desde 1978 a 2011 afectando a todos los procesos y sentencias judiciales en los que sean parte interesada funcionarios en cuestión.

    PROTECCION GUBERNAMENTAL BRITANICA A CIUDADANOS EJEMPLARES "WHITE-BLOWERS"

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    vid.

    http://www.direct.gov.uk/en/Employment/ResolvingWorkplaceDisputes/Whistleblowingintheworkplace/DG_10026552

    DIRECT.GOV.UK

    Employment

    Protection of whistleblowers

    If you believe there is malpractice or wrongdoing happening in a workplace then you can ‘blow the whistle’ on the behaviour and you could be protected from losing your job and/or being victimised by your employer.

    Whistleblowing

    The official name for whistleblowing is ‘making a disclosure in the public interest’, however it is much more commonly called‘blowing the whistle’ or ‘whistleblowing’.

    It means that if you believe there is wrongdoing in your workplace (eg your employer is committing a criminal offence) you can report this by following the correct processes, and your employment rights are protected.

    If you decide to blow the whistle on an organisation you are protected and your employer cannot victimise you (eg by not offering you a promotion or other opportunities your employer would have otherwise offered).

    Whistleblowers are protected for public interest, to encourage people to speak out if they find malpractice in an organisation or workplace.

    Malpractice could be improper, illegal or negligent behaviour by anyone in the workplace.

    Protection for blowing the whistle

    You are protected as a whistleblower if you:

    •are a 'worker'

    •believe that malpractice in the workplace is happening, has happened in the past or will happen in the future

    •are revealing information of the right type (a 'qualifying disclosure')

    •reveal it to the right person, and in the right way (making it a 'protected disclosure')

    'Worker' has a special wide meaning in the case of whistleblowing. As well as employees it includes, agency workers and people who aren't employed but are in training with employers. Some self-employed people may be considered to be workers for the purpose of whistleblowing if they are supervised or work off-site.

    Understanding your employment status

    Your employer can’t prevent you from making a protected disclosure as part of your employment contract or other agreement between you and your employer.

    Employment contracts

    Blowing the whistle on overseas malpractice

    You are protected even if you are blowing the whistle on malpractice that took place overseas, or where the law applying to the malpractice is not a UK law.

    Qualifying disclosures

    To be protected as a whistleblower you need to make a ‘qualifying disclosure’ about malpractice. This could be a disclosure about:

    •criminal offences

    •failure to comply with a legal obligation

    •miscarriages of justice

    •threats to an individual’s health and safety

    •damage to the environment

    •a deliberate attempt to cover up any of the above

    There are some disclosures that can’t be qualifying disclosures...

    (y sigue)

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