Durante treinta años las cosas han sido en la Fiscalía de una manera. En los últimos diez, yo diría que desde la depuración de Carlos Jiménez Villarejo por el Gobierno, con la inestimable colaboración de la mayoría del Consejo Fiscal, la administración de la Fiscalía definitivamente entró en caída libre. Pocas cosas no se han hecho por las mayorías o por las minorías en el Consejo (y a veces, por ambos unidos), para intentar ganar poder en el seno de la Fiscalía. Lo han conseguido, normalmente amparados por el FGE afín, nombrado por el partido afín. Hoy son la jerarquía de la Carrera, con muy pocas excepciones, miembros relevantes de las asociaciones hegemónicas. Se las han hecho gordas entre ellos, claro; pero casi nunca han considerado que en la Fiscalía había más gente, fiscales que querían ascender, desarrollarse profesionalmente, y ser respetados en su trabajo. Pero al tiempo que se empeñaban en esa espiral de ganar poder e influencia, han dejado de lado la más importante de sus razones de exisitir: la defensa de los compañeros, de quienes trabajan en las trincheras, a quienes se les imponen Jefes sin oírlos, a quienes se les castiga con el oscurantismo en todas las decisiones profesionales que les afectan, a quienes no se les oye (o al menos, no se les escucha) cuando se quejan. A esos, ni caso. A pesar de no haber puesto pie en pared con las sustituciones (dando satisfacción así a quienes ahorran dos millones de euros anuales a costa de tortillas de lexatin para algunos fiscales y de una merma en la calidad del servicio), el colmo ha llegado con la expulsión de un fiscal por unanimidad en el Consejo Fiscal, vulnerando sus derechos fundamentales. Sigo preguntándome en qué pensaron cuando uno tras otro de los vocales votaron que lo echaran por faltas que no eran tales, como ha tenido ocasión de decir, avergonzando a la Fiscalía, la Audiencia Nacional. Y sigo preguntándome, porqué, pasados dos meses, ninguna de las asociaciones, ninguno de los vocales, ninguno de los miembros del Consejo Fiscal, ha dicho nada sobre el tema; porqué no se disculpan, o se explican, o se justifican. O dimiten. Como si no hubiera pasado nada.
Ese comportamiento solo provoca una inferencia: quieren que todo siga igual. Y seguirá igual, posiblemente. Pero antes han de pasar un trámite, una cosa que en otras ocasiones no tenía gran importancia porque aquí el pescado ha estado casi siempre vendido. Tienen que renovar sus mayorías en el Consejo Fiscal. Nos hablarán de sus logros, sin duda. Yo también hablaré de sus logros en este blog. Pero deberán convencer a los fiscales de que a pesar de que todo lo ocurrido ha sido a causa de ellos, las cosas van a cambiar ahora gracias a ellos. Si lo consiguen, chapeau. Pero si no lo consiguen, aquí van a cambiar muchas cosas.
sábado, 21 de diciembre de 2013
viernes, 20 de diciembre de 2013
INFORTUNYO, por Susana Gisbert
Para el que no
lo sepa, Fortuny es -además de un pintor y una calle de Madrid, en la que se
ubica la Fiscalía General del Estado-, el nombre del programa informático con
el que trabajamos, o lo intentamos, la mayoría de fiscales de España. Y digo la
mayoría, por, dependiendo de la Comunidad Autónoma, se usa éste o algún otro.
Primer desatino.
Pero para
muchos Fortuny es la palabra que maldecimos a diario, una y mil veces, porque
tarde en conectarse o porque no lo hace, porque desaparece de la pantalla de
repente, porque nos pide miles de datos y porque, a veces, se queda sin fuerzas
como el niño del anuncio de Actimel. Tal cual, con la pantalla congelada en
blanco y negro. Y hay que volver a empezar. Y otra vez la ristra de maldiciones.
Y si con esto
no fuera suficiente, dos apagones
informáticos en dos semanas, de varios días, para actualizar no sé qué cosa,
porque a mí me ha aparecido idéntico. Y aún he tenido suerte, que ya he
conseguido vencer a la caducidad de mi tarjeta criptográfica, después de otros
tres días no ya sin Fortuny, sino sin ordenador en el despacho. Pero aún quedan
compañeros en lista de espera. Y el que espera, desespera.
Ya sé que la
informática es complicada, pero no nos podemos permitir varios días sin acceder
al sistema, o sin ordenador, ahora que ya hemos desterrado de nuestras vidas el
bolígrafo para escribir a mano a la vuelta del papel, como antaño.
¿Y para cuándo
un sistema informático igual para todos? ¿y para cuando un sistema único
también con los Juzgados? ¿Nadie entiende que agilizaría enormemente porque
evitaría la duplicidad de registros? Estamos en el siglo XXI, pero a veces
cuesta creerlo.
Y ya puesto,
la pregunta del millón: si se anota todo en Fortuny ¿qué necesidad hay de
rellenar las malditas planillas?
Pues nada, a
ver si Papá Noel nos trae alguna mejora al respecto.
SUSANA GISBERT
miércoles, 18 de diciembre de 2013
NO ME GRITES
Me decía ayer una fiscal recién ingresada (de la última promoción), que nunca esperaba que esto de la Fiscalía fuera así. Que ella pensaba antes en lo atractivo de trabajar en equipo, en encontrar siempre el respaldo y la ayuda de jefes y compañeros en la lucha contra el delito. Y que se ha encontrado con cantidades de trabajo masivas, con despacho de papel todos los días hasta la noche, con los fines de semana liados, con cantidad de servicios y ahora con la supresión de los sustitutos que les recarga aún más sus perspectivas. Con un fiscal de baja por depresión y con otros en visitas al psicólogo y en general con la política del "sálvese quien pueda". Y con gritos del jefe. No se si se da mucho por ahí: yo solo he tenido un jefe gritón, pero un jefe así en una Fiscalía no muy grande es una maldición; especialmente si es un gritón selectivo, es decir de esos que no se atreve más que con aquellos que considera más débiles. En una Fiscalía grande, con suerte no le ves; pero cruzarte cada día con un jefe que grita cuando no está conforme con lo que hacen los fiscales, especialmente en un ambiente cargado de papel y servicios, no debería permitirse. Ya se que de eso no se habla, pero cuando lo oigo de alguien que lo sufre, me produce indignación.
martes, 17 de diciembre de 2013
RAZONES POR LAS QUE LA INSTRUCCIÓN 3/2013 ES INCOMPATIBLE CON LA LEY DE TRANSPARENCIA (II) por María Jesús Moya Martínez
La Fiscalía General asume su nueva autonomía para gestionar
un hipotético, aún ignoto, presupuesto para retribuir las sustituciones por
bajas por enfermedad, licencias por maternidad y paternidad y refuerzos”. Esto
es, las facultades del Fiscal
General se aplicarán a la mayoría de los supuestos en que procede la
sustitución.
A pesar de lo que se
ha celebrado la concesión a la Fiscalía General
de una limitada autonomía de gestión presupuestaria, este poder, en el
contexto de la Ley de Transparencia, no debe sino traducirse en una nueva responsabilidad de nuestro Fiscal General por las decisiones
y actuaciones propias y de la institución que dirige.
En el contexto de la ley de transparencia, será inevitable
que cualquier ciudadano pueda pedir a la
Fiscalía General explicaciones , por ejemplo,
de por qué un proceso judicial determinado se va atascando al destinarse provisionalmente a tres o cuatro fiscales cada diez días que no pueden dedicarle el tiempo necesario
de estudio. Además, a este respecto, será también inevitable satisfacer el interés ciudadano en conocer
cuánto dinero público y de qué manera se ha gestionado por nuestra Fiscalía
General. Todos conocemos de la
existencia de procesos que suscitan un gran interés de los medios de comunicación; baste mencionar a título de ejemplo el caso
“Campeón” “ El caso Prestige” “ Madrid
Arena “ etc.. A partir de ahora el Fiscal
General deberá responder ante la
ciudadanía de sus decisiones
presupuestarias en el ámbito de sus competencias.
Insistimos que en el ámbito de la Justicia, de la que
participa nuestra Fiscalía, el derecho de información del ciudadano no puede
desvincularse del derecho fundamental de
cualquiera, justiciable o víctima, a obtener la tutela judicial efectiva y a que su causa judicial se resuelva
justamente en un plazo razonable, como establece el artículo 6 CEDH.
Por ello no será
suficiente que la Fiscalía General, aunque no mencionada en la Ley de
Transparencia, se limite a remitir la
información de su gestión presupuestaria
al Ministerio de Justicia delegante, ya que éste sí está obligado a responder al derecho de petición del
ciudadano.
Tampoco es explicable la distinción que la Instrucción de la
Fiscalía realiza en el artículo 3.J) Medidas de transparencia y publicidad,
pues en el párrafo primero se
ordena que - “ Las listas de candidatos (forzosos),
sus modificaciones, los llamamientos efectuados y, en su caso, los planes de
sustitución serán puestos en conocimiento de todos los miembros de la
Fiscalía”.
Sin embargo en el apartado segundo se limita a decir que “El
Fiscal General presentará al Consejo Fiscal al final de cada año el presupuesto
ejecutado en el ejercicio económico”.
La información al Consejo Fiscal no garantiza la transparencia que merecemos tanto los Fiscales de plantilla como la ciudadanía
a la que servimos.
Baste recordar que en esta materia no ha habido modificación
expresa de las previsiones del del Reglamento de Régimen Interior del Consejo
Fiscal (RRI) aprobado en fecha 20 de septiembre de 1983 que en su art. 17 del
RRI señala lo siguiente:
"Los Consejeros tienen obligación de guardar secreto
de la materia reservada de que tengan conocimiento en el ejercicio de su
función en el Consejo, así como de los debates del mismo.
Se entenderá por materia reservada, toda aquélla que, por
afectar directa y personalmente a un determinado Fiscal no deba ser de general
conocimiento, y aquella otra que, excepcionalmente, sea declarada como tal por
el Fiscal General del Estado, salvo que el Pleno del Consejo se pronuncie en
sentido contrario".
En mi opinión, esta Instrucción de nuestro Fiscalía General,
que nace presurosa para obedecer la norma del Gobierno, se olvida que el
contexto social actual se supera al fin
la concepción patrimonialista de la Administración Pública –“ el cortijo”- propio de la época feudal y
de la Era del Absolutismo anterior a la
Revolución Francesa. Ya no se manda simplemente porque se tiene el poder, sino
que cuanto más poderoso es el dirigente público, mayor debe ser su grado
de responsabilidad ante el ciudadano, porque se decide sobre su dinero y su
destino.
Los Fiscales de plantilla debemos oponernos a este Decreto y
a esta Instrucción de Fiscalía, no sólo porque se nos esclaviza y se nos priva
de nuestros derechos laborales y de conciliación familiar, sino también porque
nuestros fines constitucionales nos deben alinear siempre con los derechos del
ciudadano en una democracia avanzada.
PRÓRROGAS EN JEFATURAS
Sale en la prensa (noticia de agencia) que el actual Fiscal Jefe Anticorrupción será renovado hoy por el Consejo Fiscal. Compite, según la misma noticia de prensa, con otros dos fiscales, uno Fiscal Jefe de TSJ y otro fiscal del Tribunal Supremo. A mi modo de ver, en este asunto de las renovaciones de las Fiscalías (y no ésta de manera especial, sino en todas), lo primero que hay que decidir es si pasados 10 años de ejercicio en el cargo, se han cumplido las expectativas; si la Fiscalía funciona a satisfacción; si la sociedad puede sentirse satisfecha del rendimiento de un fiscal concreto al frente de una Fiscalía importante. Esa es la idea de las renovaciones. Antes de entrar a analizar perfiles de candidatos, a mi modo de ver, es preciso hacer ese análisis. Y en función del resultado, discutir si el fiscal que pide la renovación ha agotado o no su ciclo. Después de 10 años, los Fiscales Jefes son responsables del resultado de la acción de su Fiscalía. Lo contrario convierte las Jefaturas en vitalicias salvo que -por razones no sometidas a análisis- se decida cambiarlos, lo que supone incrementar la inseguridad en el ejercicio del cargo de los fiscales al frente de puestos de relevancia. No se si en el Consejo Fiscal han analizado la situación de la corrupción en España, el índice de la percepción de la corrupción y la reacción de la Fiscalía ante ella. Y si han valorado que la reacción de la Fiscalía es satisfactoria. Pero su decisión debería tomar en cuenta, sin ninguna duda, esos elementos. Y resulta curioso, por otra parte, que la prensa se entere de todo esto antes que los afectados, o por lo menos que algunos de ellos.
En aras de la transparencia, los vocales del Consejo deberían dar cuenta de sus decisiones y motivaciones, y de todos los aspectos relevantes para inclinarse por un candidato u otro. Han incumplido esa obligación durante cuatro años, para perjuicio de la Carrera y de la Justicia y contraviniendo sus promesas de transparencia en su campaña para ocupar el cargo. En mi opinión, va llegando la hora de cambiar algunas cosas.
En aras de la transparencia, los vocales del Consejo deberían dar cuenta de sus decisiones y motivaciones, y de todos los aspectos relevantes para inclinarse por un candidato u otro. Han incumplido esa obligación durante cuatro años, para perjuicio de la Carrera y de la Justicia y contraviniendo sus promesas de transparencia en su campaña para ocupar el cargo. En mi opinión, va llegando la hora de cambiar algunas cosas.
lunes, 16 de diciembre de 2013
JOSÉ JIMÉNEZ VILLAREJO
Se ha ido otro grande. Sin haberlo tratado mucho personalmente, ha sido un jurista de gran trayectoria, brillante como muy pocos y con una oratoria cautivadora. Un amigo mío, magistrado jubilado del Tribunal Supremo, me dice con frecuencia que él sólo había admirado profesionalmente a una persona, a Pepe Jiménez Villarejo. Hoy, mi amigo estaba hundido. Pepe fue asimismo inspiración profesional de su su hermano Carlos a quien no hay día que no recuerde como el gran Jefe profesional que yo he tenido -y que seguramente, tendré- en mi Carrera profesional. He hablado con él y su dolor desgarrado me conmueve. Descanse en paz.
domingo, 15 de diciembre de 2013
RAZONES POR LAS QUE LA INSTRUCCIÓN 3/2013 ES INCOMPATIBLE CON LA LEY DE TRANSPARENCIA (I) por María Jesús Moya Martínez
La coincidencia temporal entre la ley 19/2013 de 9 de
diciembre de transparencia , acceso a la Información y buen gobierno” y
del Real Decreto 700/2013 de 20 de
septiembre de sustituciones , así
como la Instrucción de la Fiscalía General 3/2013 de 11 de noviembre de 2013, revela , a mi entender, los severos déficits democráticos que presentan estas
dos últimas normas :
En primer
lugar, es inevitable considerar que
este Real Decreto, norma jurídica dictada por el ejecutivo sin previo debate parlamentario, puede ser percibido como una invasión
política en la independencia de la Justicia.
Eufemísticamente se dice que la Administración Pública auxilia a la
prestación del servicio público de la Justicia, cuando en realidad detenta el
control factico sobre la misma al poder decidir sobre su financiación. A través
de este poder de la Administración pública, el poder político puede condicionar
el resultado de un proceso penal simplemente denegando un refuerzo de personal,
o , por ejemplo, decidiendo que no hay presupuesto para suplir la vacante de un
Juez o Fiscal, si hubiera por medio un proceso
de su interés. Esta es una hipótesis que puede producirse bajo la formal
cobertura de este Decreto.
Lo mismo cabría concluir de nuestra Fiscalía General, porque
el RD 700/2013 de 20 de septiembre involucra en su misión al Fiscal General, ya
que en el artículo 2bis 2º se establece que “. El Ministerio de Justicia comunicará al inicio de cada ejercicio
presupuestario al Fiscal General del Estado la cuantía máxima global que podrá
destinarse al pago de estas retribuciones.”
En el párrafo tercero de este precepto se dice expresamente
que ..”El Fiscal General del Estado
dictará las Instrucciones necesarias para determinar la organización del
sistema, comunicando periódicamente al Ministerio de Justicia la evolución de
las sustituciones y el gasto efectuado, sin que en ningún caso ello pueda producir
un incremento en la cuantía referida en el párrafo anterior”.
Todo ello siempre que, según menciona la Exposición de
Motivos de este Real Decreto , exista disponibilidad presupuestaria.
Ante la entrada en vigor de este Real Decreto, nuestro
Fiscal General no ha reclamado al Ministerio contra esta grave injerencia
política , que dado la escasez de Fiscales de plantilla va a dilatar indebidamente nuestra ya
atascada Justicia.
Ni siguiera ha
requerido al Ministerio un compromiso firme que permita conocer si existe
realmente y a cuánto asciende la dotación presupuestaria prometida
para las sustituciones, que,
recordemos, se reducen al 80 % del complemento de destino, un salario real
inferior al de un agente judicial.
La Fiscalía General,
en cambio, ha decidido asumir ciegamente
las disposiciones del ominoso Decreto y ha dictado rauda y presta la Instrucción 3/2013 , de 11 de noviembre de
2013 con eficacia a partir del 1 de
diciembre del mismo año.
La Fiscalía General resuelve el problema creado por la
insuficiencia de plantilla, acudiendo al principio de jerarquía desnuda de cualquier contenido
sustancial, pues se limita a ordenar a los Fiscales Jefes Provinciales y de
Áreas que “ se vuelvan locos”
requiriendo a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores el plan anual
de señalamientos para organizar a los Fiscales de Plantilla a fin de imponernos la cobertura de las
vacantes existentes.
El hecho, por ejemplo, de que en un territorio como Madrid
la ratio sea de un Fiscal por cada cincuenta mil habitantes, explica por sí
mismo nuestra negativa, por incapacidad física, a ser sustitutos voluntarios de
nuestros compañeros.
La Fiscalía General no contempla que esta situación creada
por el Real Decreto y la Instrucción
comentada puedan resultar, por las razones
expuestas, incompatible con los
principios de buen gobierno recogidos en el artículo 26 y concordantes de la
Ley de Transparencia, a saber: sometimiento al servicio público, imparcialidad,
trato igual y no discriminatorio al ciudadano,
deber de diligencia debida en la prestación del servicio público y deber
de fomentar la calidad en la prestación del servicio público.
En el ámbito de la Justicia, todos estos principios de buen
gobierno que recoge extensamente la ley de transparencia, se traducen en la
práctica en el derecho fundamental de todos los ciudadanos, víctimas o
justiciables, a que su causa sea
examinada en un juicio justo resuelto en un plazo razonable.
ALGUNAS NOTAS SOBRE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y BUEN GOBIERNO por María Jesús Moya Martínez
En el BOE de 10 de diciembre de 2013 se ha publicado la Ley
19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información y buen
gobierno de las administraciones públicas
Esta ley, según su Exposición de Motivos, debe permitir a
cualquier ciudadano fiscalizar la actividad de los poderes públicos y conocer
como se adoptan las decisiones en el seno de nuestras administraciones
públicas, cómo se gestionan los recursos públicos, o bajo qué criterios actúan nuestras
administraciones públicas. De este modo se refuerza la responsabilidad de los
poderes públicos frente a una sociedad
que cada vez es más critica y exigente y demanda participación en los
poderes públicos.
La ley se divide en dos títulos principales. En el primero
se establece que todas las administraciones públicas y personas físicas o
jurídicas que gestionen un presupuesto o
una subvención pública estarán sometidas
a las disposiciones de la ley de transparencia. Se menciona expresamente al
Consejo General del Poder Judicial y al Tribunal Constitucional, en cuanto goza
de autonomía presupuestaria para realizar su actividad administrativa.
En sus artículos 8 y
concordantes se impone a los sujetos obligados, el deber de suministrar
públicamente, a todos los ciudadanos, todas las decisiones que se adopten en
materia de económica, presupuestaria y económica, incluso las retribuciones de
los altos cargos de cada institución. De modo que los ciudadanos tengan
conocimiento suficiente para valorar si la gestión del dinero público se
gestiona de acuerdo a los principios de imparcialidad, eficacia, eficiencia y
sometimiento a la ley y Derecho. Se impone a estas instituciones la obligación de
publicar esta información a través de un
portal en internet . Se establece el derecho de petición individual de
cualquier ciudadano para que puedan
solicitar directamente esta
información, a través del procedimiento
establecido al efecto.
El Título II impone a las Administraciones Públicas la
obligación de conducirse de acuerdo a los principios ético-legales de Buen
Gobierno. En el artículo 26 se recogen los principios generales de buen
gobierno: transparencia, sometimiento al
servicio público, imparcialidad, trato igual y no discriminatorio al
ciudadano, deber de diligencia debida en
la prestación del servicio público y deber de fomentar la calidad en la
prestación del servicio público,
responsabilidad por las decisiones y actuaciones propias y de los
organismos que dirigen.
En el Título III se
establece incluso un Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para
recoger las reclamaciones que se formulen contra los sujetos obligados, por incumplir las obligaciones de
información, y se prevé igualmente un procedimiento sancionador contra el
sujeto público que deniegue indebidamente esta información al ciudadano.
Se ha de reconocer que la ley comentada ha sido objeto de
severas críticas desde la óptica de los derechos fundamentales. La ley española
se fundamenta sobre el derecho de acceso de los ciudadanos a los expedientes
públicos recogido en el artículo 105.b) de nuestra Constitución ,cuando debería
basarse sobre los derechos fundamentales a recibir información (artículo 20
Constitución) y sobre el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en
los asuntos públicos (artículo 23 Constitución). En este sentidoa , el TEDH
estableció que el derecho de información de los ciudadanos se encuentra
recogido en el artículo 10 CEDH , y por ello condenó en dos ocasiones a Hungría
(asuntos Tarsasag a Szabadsagjogokert contra Hungría, de 14
de abril de 2009, y Kenedi contra Hungría, de 26 de mayo de 2009.)
Véase al respecto todos los magníficos
artículos publicados en el blog HayDerecho, (por ejemplo este, y este).
En el mismo sentido el informe que realizó la OSCE sobre la ley española de
transparencia disponible en el siguiente enlace(WWW.OSCE.ORG/ES/FOM/91312
En la siguiente entrada desarrollaremos por qué la Fiscalía,
no mencionada en la ley de transparencia , no debe quedar al margen de su regulación,
sobre todo a partir de las nuevas competencias de gestión presupuestaria
que le delega el Ejecutivo en el RD 700/2013 de 20 de septiembre , porque en el
ámbito del mencionado Decreto de sustituciones, el derecho de los ciudadanos a
la información resulta inextricablemente vinculado con el derecho fundamental a la tutela judicial
efectiva del artículo 24 de nuestra
Constitución y con el derecho a un juicio justo en un tiempo razonable del artículo 6 CEDH.
sábado, 14 de diciembre de 2013
MI CATALUÑA
No es más catalán Jordi Pujol que
yo, ni quiere más a Cataluña que yo. No
lo son ni Mas, ni Junquera, ni Duran, ni ninguno de los políticos ni amigos que
tengo en mi tierra, desde donde escribo ahora, en mi ciudad natal, Barcelona. Conozco desde niños a algunos de los principales
impulsores de lo que está ocurriendo ahora en Cataluña. Tampoco son más españoles que yo ni Rajoy, ni
Rubalcaba, ni ninguno de los amigos que tengo por toda España. Mis identidades son la de un catalán que es
español y al que le cuesta diferenciar afectos: a diferencia de otras personas,
yo quería igual a mi padre y a mi madre, y quiero a todos mis hijos por igual. Para quien no sienta estos afectos con esta
pareja intensidad, quizá le sea más fácil decidir. Expresiones como la de que “nos roban”, “nos
vamos”, “que se vayan”, “victimistas”, y
demás que estoy escuchando me duelen y me afectan mucho. A mí
si que me roban algo muy importante con la secesión. Se que esto es una cuestión política que
lleva sin resolverse mucho tiempo, pero no quiero entrar ahí. Quiero hablar de tres cosas:
1. Que los pasos que se han
tomado ahora desde las fuerzas políticas catalanas que están en el gobierno, pueden
llevar aparejadas consecuencias tremendas, imposibles de calcular ni con la mejor voluntad. En Croacia la guerra se desencadenó tras un
referéndum de independencia (mayo de 1991) en el cual hubo una mayoría cercana
al 90 por ciento de votantes que votaron a favor. Cuando votaron, esos croatas no sabían que
iban a padecer una guerra que duraría varios años y a la que seguirían otras
terribles que afectarían a croatas habitantes de otras partes de
Yugoslavia. Había habido antes
incidentes graves, como una tremenda bronca en un partido de fútbol entre un
equipo croata y otro serbio, y otros más, como la discriminación legal de los
serbios que vivían en Croacia. Pero el
origen de esos incidentes había sido la creación expresa y deliberada de un
ambiente de odio entre comunidades. Cuando
veo esa conferencia de "España contra Catalunya", y oigo lo que se dicen en
ciertas radios españolas, me pregunto si no se está alimentando el odio del que
derivarán luego males mucho mayores. ¿Es
que no se puede defender lo propio sin fomentar el odio al vecino? Pero es que en Croacia, sigo con el ejemplo, tras el ataque al nuevo Estado de las tropas serbias de Milosevic, una región –La Krajina- decidió declarar a su vez la independencia de Croacia, lo que determinó que más tarde el contrataque croata se dirigiera a esa región con gran población serbia, en lo que fue la
segunda guerra balcánica (la primera fue una muy breve en Eslovenia). Y con el ejemplo de Eslovenia y Croacia, después
siguieron otros referendums y otras independencias, como las de Bosnia y Kosovo; y otras guerras.
¿Querían esas guerras los croatas o los bosnios cuando votaron? Mil veces no, dirían ahora las víctimas. Pero el odio y la sordera a los argumentos
del vecino se habían instalado en la zona.
Yo creo que estas cosas empiezan de una manera, pero es difícil
manejarlas una vez empezadas. Y hay que manejarlas con cuidado, que ya somos mayorcitos para jugar con las cosas de todos.
2. Que en democracia hay cosas que no se pueden
declarar unilateralmente en nombre del voto.
Decisiones que vulneran derechos de otros (y de manera irreversible) no
pueden tomarse solo por la fuerza del voto propio.
El voto debe dar fuerza para negociar posiciones políticas, pero no para
lesionar directa y unilateralmente los derechos de la gente que no piensa lo
mismo. Es claro que decisiones
políticas vulneradoras de derechos fundamentales sostenidas por gobiernos
democráticos pueden ser delictivas,
nacional o internacionalmente. Incluso si cuentan con el respaldo de las
opiniones públicas y se ratifican después con nuevas elecciones. Si la mayoría de nosotros, los catalanes,
quiere la independencia, en mi opinión eso debería determinar una negociación a
largo plazo que se viera convalidada con varias votaciones a lo largo del
tiempo (todas favorables a la secesión), y desde luego que abarcara la concorde
decisión de varias generaciones de catalanes y el acuerdo también concorde del
Estado. No es suficiente con que HOY Y
AHORA este sea el sentimiento mayoritario de la clase política catalana o
incluso de la población catalana. Si
alguien cree que eso es suficiente, por falta de cuidado o por exceso de
entusiasmo nos pueden llevar al desastre.
3. En Cataluña y en el resto del estado la
corrupción es asfixiante, y también lo es la enorme politización de la Justicia
y consecuentemente, disminuye la capacidad del Estado para luchar contra esa delincuencia. Esa peculiar situación hace que en
ocasiones sea difícil para nuestros gerifaltes en Justicia distinguir lo que
son delitos de lo que son problemas políticos: a veces se incoan causas que
tienen un sustrato esencialmente político (y a veces nada delictivo), y por
otra parte se dejen de perseguir delitos clarísimos cometidos en un entorno
político o por personas protagonistas de la acción política. Nosotros, en tanto que jueces o fiscales de
la jurisdicción penal, los problemas políticos debemos mantenerlos fuera de
nuestro objeto de trabajo. Pero los delitos no. Si hay delitos estos han de perseguirse,
aunque también sean problemas políticos, al menos en un sistema como en nuestro
en que domina el principio de legalidad incondicional. Y es que cuando la corrupción de políticos
campea, suele presentarse ese doble fenómeno que es muy difícil de afrontar por
juristas politizados. Hacen falta
juristas. No políticos juristas o juristas políticos, al menos en el área del
derecho penal. Puede ocurrir
(hipotéticamente) que corruptos planteen problemas políticos de primer orden
que oculten o pongan en segunda fila problemas jurídicos personales de
corrupción. Los penalistas han de saber
distinguir unos problemas de otros. Sin
miedo y con imparcialidad. Algo que
dado el estado de nuestra Justicia resulta muy difícil.
jueves, 12 de diciembre de 2013
SUSTITUIR A LOS SUSTITUTOS, POR SUSANA GISBERT
Ha llegado Diciembre y con él, además de las sempiternas campañas de
Navidad, algo trascendental para la Carrera Fiscal: la entrada en
funcionamiento del régimen de autosustituciones implantada por mor de la norma
correspondiente.
El tema ha dado mucho de que hablar y mucho más que dará una vez
puesto en marcha y acreditada la inoperatividad del sistema. Porque, aunque marche,
será inoperativo, y antifuncional. Que nadie lo ponga en duda.
Creo que no hemos sabido explicar bien el problema que supone, y las
nefastas consecuencias que va a conllevar no sólo a los fiscales, sino a la
Justicia y al ciudadano, lo cual es todavía peor. Para ciertos sectores, no
deja de ser una queja corporativa y hasta mezquina, con la que está cayendo,
dado que, al contrario de muchos españolitos de a pie, tenemos un sueldo fijo
con el que poder llegar dignamente a fin de mes, lo que no es poco en los
tiempos que corren. Pero no es eso, o no es sólo eso, bien lo sabemos.
También creo que erramos el tiro al intentarnos comparar con los
jueces y su regulación de este atropello. Quizás caemos en la eterna rivalidad
con la carrera hermana, fruto de un histórico complejo de inferioridad que ya
sería tiempo de superar. La supresión de los sustitutos es terrible para ellos
y para nosotros, y pretender entrar a discutir sobre si la manera en que deben
hacerlo ellos es mejor que la nuestra es desviar el foco de atención. Quizás
sea una aplicación de la vieja táctica del “divide y vencerás” que tan buenos
frutos da siempre en Justicia.
Lo que hay que hacer ver es las tremendas consecuencias que esto va a
suponer en la prestación del servicio público. Tan sencillo como explicar que
una persona no puede hacer el trabajo de dos personas sin merma en la rapidez
en la prestación de tal servicio y, lo que es peor, en su calidad. A nadie se
le ocurrió pensar en su día que la baja por maternidad de una ministra fuera
cubierta por el ministro de la cartera vecina, por ejemplo, como a nadie se le
ocurriría que la baja del informático de una empresa privada fuera cubierta por
el jefe de ventas, que asumiera las funciones de ambos. ¿Por qué entonces sí
ocurre con nosotros? Pues quizá porque no sabemos defendernos. Y no hay mejor
defensa que saber hacer llegar a la gente la importancia de nuestra función. Y
en eso, la verdad, nos queda mucho camino por recorrer.
Parece mentira que en una carrera en que nos llenamos la boca con la
apuesta por la especialización, una norma de este tipo venga a perjudicarla de
una forma tan seria. Porque, ¿de qué sirve que el Estatuto Orgánico prevea la
especialización en materias como Menores o Violencia de Género, y en otras tan
específicas como Medio Ambiente, Delitos Económicos, Seguridad Vial,
Siniestralidad Laboral, Crímenes de Odio o Delitos Informáticos para que luego
esté de baja el especialista y le pueda sustituir cualquiera? ¿A qué vamos a
dar preeminencia, a nuestro servicio, o al de aquél al que susituimos? ¿Cómo va
a funcionar un juzgado en el que pasan de manera rotatoria un fiscal tras otro?
Pues eso es lo que debiéramos transmitir, más allá de la miseria –que
lo es- de si nos van a pagar la mitad de lo que pagarían al titular por hacer
ese mismo trabajo. Paguen lo que paguen, incluso si no pagan, el atropello para
el servicio público es el mismo. Y la desconsideración con nuestra carrera,
también. Y eso es lo realmente importante.
Creo que la única posición correcta sería una oposición frontal al
régimen de sustituciones en sí, y no a la manera de desarrollarlo. Por supuesto
que cuando no nos quede otra haremos lo que toque, pero nada de
colaboracionismo. Afortunadamente veo que, por las noticias que llegan, la
inmensa mayoría de la carrera se ha negado a presentarse voluntario a semejante
esperpento.
Por triste que parezca, no podemos olvidar que prestarnos a esto
supondría pan para hoy y hambre para mañana. Porque a ver quién explica luego
que si por el vil metal somos capaces de duplicar nuestra cuota de trabajo, no
se pueda concluir que sobran plazas de fiscales. Y de ahí a la amortazación no
hay más que un paso. Ojala me equivoque. Y si no, al tiempo.
SUSANA GISBERT
FISCAL (Fiscalía Provincial de Valencia)
martes, 10 de diciembre de 2013
EL FORO DE FISCALES EN FACEBOOK LLEGA A 601
A falta de la creación de un foro adecuado de discusión entre los fiscales, en el seno de la propia Fiscalía, las nuevas tecnologías y el ingenio y carisma de un fiscal (David Mayor) han suplido ventajosamente esa carencia. Ya son más de 600 los fiscales que podemos contrastar opiniones, reclamar mejoras, plantear problemas y colgar documentos en Facebook. La potencia de esa herramienta para ayudar a procurar cambios en la Fiscalía está por demostrar. Yo creo que ahora o en poco tiempo el foro de fiscales va a permitir cambios en muchos aspectos. Se habla y discute con respeto y con simpatía hacia el compañero, incluso en temas espinosos que no se eluden. El tono reivindicativo es patente, y estoy seguro de que poco a poco esa herramienta ayudará a que los fiscales seamos mucho más conscientes de que las cosas que hacen con nosotros y con la Institución se tienen que acabar. Por lo menos se van a acabar con nosotros callando. Se trata de un espacio de libertad, y cuando la libertad entra en un espacio la gente se acostumbra a lo bien que sienta, y resulta muy difícil acabar con ella.
lunes, 9 de diciembre de 2013
EN OCASIONES VEO REOS ANALIZA TSJs
Las cifras desnudas que resultan de las Memorias de diversas Fiscalías de TSJs, obligan en mi opinión a una reflexión. En el magnífico blog "En ocasiones veo reos" (curioso nombre, por cierto) se están examinando una por una dichas estadísticas. Nadie tiene la culpa, pero parece que no hay trabajo. Las cifras que salen así lo sugieren aunque ya se sabe que no todo son las cifras y a lo mejor hay algo que escapa a los números. De todas maneras, parece oportuno recordar que el establecimiento de Fiscalías de TSJs se dijo que se anticipaba a una reforma procesal hoy olvidada: En esas Fiscalías se iban a despachar los recursos de casación que hubieran de ser vistos por los Tribunales autonómicos. Ya nadie habla de eso, pero la estructura que se creó sigue ahí. En un tiempo en el que se plantea que los fiscales puedan ser obligados a llevar el lote de otro compañero para que el Ministerio pueda ahorrarse unos euros, ¿no sería razonable que alguien en la Fiscalía General estudiara bien la plantilla otra vez y en su caso racionalizara la estructura de la Institución? A lo mejor de eso en parte se ocupa el Libro Blanco, pero como tampoco sabemos nada del Libro Blanco, no es ocioso traer el tema a colación.
Personalmente, me gustaba mucho más la estructura anterior en la que la Fiscalía de la sede del TSJ era a la vez Fiscalía de ambas, autonómica y provincial. Menos líos, optimización del trabajo de los fiscales. Es verdad que había menos jefes, pero eso no importa porque la creación de más jefaturas nunca fue para nada el motivo de la reforma, ¿no?
Personalmente, me gustaba mucho más la estructura anterior en la que la Fiscalía de la sede del TSJ era a la vez Fiscalía de ambas, autonómica y provincial. Menos líos, optimización del trabajo de los fiscales. Es verdad que había menos jefes, pero eso no importa porque la creación de más jefaturas nunca fue para nada el motivo de la reforma, ¿no?
sábado, 7 de diciembre de 2013
NO ESTAMOS SOLOS
Hace unos años, poco antes de empezar a escribir aquí, en la puerta de la Fiscalía del TS, hablando con un fiscal de la AF, a quien yo le reprochaba los abusos de las asociaciones presentes en el Consejo Fiscal, me dijo algo así: "como no te pongas en la puerta con una pancarta, no se que puedes hacer". Hoy, pasados los años, veo que quienes no estamos conformes con abusos de las asociaciones mayoritarias, ni con la politización en nuestra institución ni en la Justicia, ni somos pocos ni estamos solos. Solo que no estamos -hasta ahora- en comunicación. Pero veo que hay muchos jueces y dos asociaciones que abominan de la situación. Veo que hay una asociación de Inspectores de Hacienda que se queja de lo mismo. Y veo lo mismo en los Colegios de Abogados y en los de Procuradores. E igual al hablar de Policías, de Guardias Civiles; he contactado con algunos notarios y diplomáticos que piensan lo mismo. Recomiendo un blog donde se habla de estas cosas, ¿Hay Derecho? Y entre nosotros, se que hay muchos fiscales -asociados y no asociados- a los que esto que ocurre no les gusta nada. Observad -por ejemplo- que hoy muy pocos en las conversaciones de despacho o café justifican las cosas que pasan aquí; quienes abusan, pasito a pasito, están retrocediendo. En el foro de fiscales hay un tono reivindicativo mucho más que complaciente. Poco a poco podemos conseguir -sin ser como los que ahora hacen aquí lo que les da la gana, y sin hacer lo mismo que ellos: así sería muy fácil- reconducir la Fiscalía: transparencia, objetividad, imparcialidad y coraje (como nos pide acertadamente Albert Lory en un comentario a la anterior entrada). Imponiendo esos valores, cambiaremos las cosas; y sin necesidad de colocar una pancarta en puerta de la Fiscalía General.
viernes, 6 de diciembre de 2013
DIA DE LA CONSTITUCIÓN
Hoy hace 35 años que se aprobó la Constitución. En lo que se refiere al Poder Judicial ha resultado decepcionante. No solo por la falta de claridad en su texto: algo tan importante como la composición del CGPJ no podía admitir interpretaciones. O por la falta de definición del Ministerio Fiscal, equilibrista entre el Poder Judicial y el Ejecutivo, que a la postre -como pasó con el Poder Judicial- se ve perforado en su estructura y funcionamiento por el Gran Poder en España, que es el Ejecutivo. Si la Justicia no está bien diseñada en la Constitución, preservando su independencia frente a otros poderes del Estado, es una quimera soñar con una aplicación de la ley con igualdad para todos. Por ello yo he cambiado de opinión: desde el aprecio y el respeto por nuestra Constitución, a la militancia en la necesidad de reforma: una Constitución que alberga y ampara las cosas que ocurren hoy y desde hace 30 años en España, a mi no me gusta. Una reforma que debería reequilibrar los poderes del Estado, entre otras muchas cosas. Hoy es día de fiesta, pero para mi sería mucho más festivo el día en que se abordara la modificación de esta norma; aunque como tantas otras cosas, creo podemos esperar sentados. Los principales beneficiarios de esta Constitución (básicamente los dos partidos políticos que se alternan en el Gobierno desde hace más de 30 años) no van a cambiarla para reequilibrar nada. Y las personas que por mediación de los partidos políticos indicados han ocupado la jerarquía del Estado, incluyendo la Justicia, tampoco van a ayudar.
jueves, 5 de diciembre de 2013
LO QUE ME IMPORTA
En un medio le hacen una entrevista al fiscal del caso Noos. Creo que está muy bien que el fiscal se explique en ese caso y aclare algunas cosas. La más importante, para mi, es cuando señala que no ha recibido presión alguna de la Fiscalía General, y que solo le han llamado para ayudarle. Siendo eso así, dos reflexiones: la primera, que quien conoce un asunto mejor que nadie es quien lo lleva; en los casos de esta naturaleza, además, quien lo lleva es quien va a tener que ir a juicio a defender y tratar de probar su acusación, por lo tanto es mucho mejor que todo lo que afirme que ha ocurrido en sus conclusiones provisionales esté soportado por pruebas que considere suficientes. Además, se trata de un fiscal consistente de gran prestigio y trayectoria, que cuando hace un tiempo discrepó de su jefe en un caso de corrupción muy importante, llegó hasta el Consejo Fiscal en su queja. No creo que ese fiscal tuviera ningún problema para pedir la imputación de cualquier persona, si creyera que eso es lo procedente. Yo confío sin reservas en su criterio profesional consciente de que es un caso muy complicado de llevar con tranquilidad. La segunda reflexión es relativa al FGE. En este asunto está actuando de manera correcta, en mi opinión. Está soportando un cierto coste mediático manteniendo la posición profesional del fiscal del caso, sin distanciarse públicamente de él y sin ejercer presión alguna (que estoy seguro de que los fiscales anticorrupción de Baleares en su caso denunciarían). Es lo que hay que hacer.
miércoles, 4 de diciembre de 2013
LO DE HACIENDA
Lo que está ocurriendo en Hacienda, que ha publicado El Mundo y que hoy nos ofrece su último episodio con la dimisión del jefe de la Inspección por injerencias del Director de la Agencia Tributaria "en varios asuntos", es gravísimo desde la perspectiva de la investigación de los delitos. En delitos de corrupción, la Justicia depende absolutamente del trabajo de otras personas. La Policía y la Agencia Tributaria son fundamentales para la investigación. Pocos profesionales he encontrado nunca tan preparados como los Inspectores de Hacienda en la lucha contra la delincuencia económica; y puedo recordar algunos de ellos con una motivación extraordinaria en la persecución del delito. Al igual que el resto de los funcionarios públicos, además de estar obligados a colaborar con la Justicia están compelidos por un deber de actuar con imparcialidad. Pero se da la circunstancia de que en estos profesionales de la Agencia Tributaria descansan gran parte de las posibilidades de luchar con eficacia contra la corrupción. Es un chascarrillo conocido aquel que dice: "sin perito, no hay delito". Si su trabajo requiere ahora de más garantías para preservar su independencia al colaborar con la Justicia; si hace falta protegerles con medidas para asegurar su imparcialidad ante influencias políticas, debería hacerse a su satisfacción: peligra la credibilidad en la lucha contra unos delitos de gran importancia.
lunes, 2 de diciembre de 2013
LA INSTRUCCIÓN 3/2013 DE SUSTITUCIONES Y LA LEY DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO
A través del RD 700/2013 de 20 de septiembre de 2013,
publicado en el BOE el 28 del mismo mes
y año, nuestro Gobierno pretende
suprimir la financiación salarial de los jueces y fiscales sustitutos.
Estos jueces y fiscales sustitutos no eran personal de refuerzo que el Ministerio de
Justicia contrataba para aliviarnos en nuestras tareas, sino que suplían las
vacantes estructurales, la insuficiente plantilla de jueces y fiscales
titulares, por medio de contrataciones que sólo comprometían coyunturalmente la
siempre escasa inversión pública en la Justicia.
El Gobierno pretende,
siempre que haya disponibilidad presupuestaria, que los Jueces y Fiscales
suplentes sean retribuidos, no con un
salario entero, sino con el 80 por ciento del complemento salarial. En el caso
de los Fiscales este complemento oscila entre 1330 a 1800 euros en bruto,
por lo que el Ministerio se propone retribuir el trabajo de un Fiscal con una
cantidad bruta mensual de entre 1064
a 1440 euros brutos mensuales, un salario notablemente inferior al de un
agente judicial.
Como la ley de
retribuciones no permite contratar ningún Fiscal por este salario, el
Real Decreto establece que este trabajo
debe realizarse por los Fiscales de plantilla y delega en la autonomía
organizativa del Fiscal General la imposición del cumplimiento del Decreto.
La Fiscalía General ha decidido no recordar a la
Administración de Justicia que su justo deber es proveer a la Justicia
de medios personales suficientes y , en cambio, ha dictado la Instrucción 3/2013 para imponernos el cabal cumplimiento de la
ominosa norma gubernativa.
Esta Instrucción 3/2013
de la FGE es aún más restrictiva que el mencionado Real Decreto, porque sólo prevé remunerar a los Fiscales que se ofrezcan voluntarios a
cubrir vacantes y guarda silencio sobre
si se remunerará a los sustitutos forzosos. La inmensa mayoría somos
aspirantes a sustitutos forzosos , no ha habido apenas voluntarios porque la
escasez de fiscales en las provincias y áreas impide físicamente la prestación
de servicios extras.
A la vez el RD 700/2013 concede al Fiscal General la nueva
potestad de gestionar autónomamente una dotación presupuestaria para retribuir
las vacantes por enfermedad, y licencias por maternidad y paternidad que se
produzcan. Esta limitada autonomía presupuestaria que se concede al
Fiscal General ha coincidido en el
tiempo con la recién aprobada Ley de Transparencia y Buen Gobierno de las
Administraciones Públicas.
La limitada autonomía
presupuestaria que se concede al Fiscal General por medio de este Real Decreto,
ha coincidido en el tiempo con los nuevos
principios de convivencia social
que se recogen en la recién aprobada Ley de transparencia , acceso a la
información y buen gobierno,
En este contexto deontológico y normativo , resultan insuficientes
las previsiones de publicidad y transparencia de la Instrucción 3/2013.
Entiendo que la
Fiscalía General debe informar cuál es la dotación presupuestaria recibida,
como se distribuye entre las Fiscalías Provinciales y de Área, cual va a ser el complemento salarial de
referencia para calcular la retribución
a percibir en cada caso. También debería aclararse por qué, en contra de las
previsiones del Real Decreto 700/2013, no se prevé remunerar a los sustitutos
forzosos y, en su caso, qué destino se dará a esta dotación presupuestaria no
invertida en sus fines.
Esta información no debe reservarse al Consejo Fiscal sino
que debe ser pública y accesible para todos
los Fiscales porque son fondos públicos
y no puede obviarse la necesidad de controlar
la correcta administración e inversión de los mismos.
Maria Jesús Moya Martínez
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